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Hoy es Lunes, 01 de Abril de 2024
POR MANUEL ÁNGEL ROMERO
COMUNICACIÓN DE LA BAJA VOLUNTARIA
Publicado el 17 de Mayo de 2016, Martes

Lourdes Paredes Cuellas

Opinión -

Desde la sección de Derecho Laboral de nuestra Web empleorecursos.es, queremos tratar uno de los temas más comentados en la misma, como es la comunicación a la empresa de la baja voluntaria. Así, somos de la opinión que independientemente de los motivos que nos lleven a "pedir la cuenta" a nuestra empresa e irnos, siempre es importante quedar bien (tanto desde un punto de vista ético como estético, ya que nunca se sabe las vueltas que puede dar la vida).

Dentro de este contexto, la carta de comunicación de la baja voluntaria debe dirigirse a la empresa, indicar de forma clara la fecha de la comunicación, así como el contenido de la misma, esto es, que queremos dejar de prestar nuestros servicios en la empresa, y fundamentalmente, la fecha en la que queramos que la baja sea efectiva.

En caso de presentar la misma de forma física, hay que preparar dos copias, con objeto de quedarnos una firmada como justificante de que la empresa ha recibido la comunicación. En caso de hacerlo por vías telemáticas (mail), es adecuado guardar una copia del mismo donde se refleje la fecha del acuse de recibo por la empresa.

Un aspecto a considerar respecto a la fecha definitiva de baja en la empresa es la necesidad o no de guardar varios día de preaviso, ya que en caso de tener que hacerlo y no realizarlo, la empresa estará en el derecho de penalizarte económicamente por la cantidad de salario diaria en relación a los días que no has preavisado (de ahí la importancia de la fecha de comunicación de la carta).

Como hemos indicado al principio de nuestra argumentación, es adecuado ser cortés con la empresa, por eso aconsejamos ponernos a su disposición para el traspaso de las funciones al/a posible sustituto/a. En muchos casos, es bueno dejar redactado las tareas pendientes a realizar.

Si todo ha ido de forma correcta, es adecuado solicitar a la empresa antes de marcharnos una carta de recomendación, donde se detallen y certifiquen nuestras funciones y principales logros, la cual nos permitirá apoyar nuestro Curriculum Vitae.

Un aspecto a tener en cuenta, aunque parezca obvio, es no presentar la carta de baja voluntaria hasta que no nos hayamos cerciorado de tener un nuevo puesto de trabajo (en el caso de querer cambiar de empresa).

Por último, hay que tener en cuenta que existe otra opción diferente a presentar la baja voluntaria, la cual es la excedencia, ya que con una antigüedad mínima de un año en la empresa, sin tener que especificar ningún motivo, se puede disfrutar de ella entre cuatro meses y cinco años (siempre que no se haya solicitado otra en los últimos cuatro años), periodo en el que se puede trabajar en cualquier empresa, e incluso, cobrar prestación por desempleo en caso de que en el supuesto nuevo empleo, se haya generado el derecho a su cobro. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la reincorporación al puesto de trabajo no está garantizada, pero las posibilidades son mayores que en la baja voluntaria. 

Como siempre, para conocer más sobre Derecho Laboral, Orientación  para la búsqueda de empleo, Marca Personal, Coaching, ofertas de empleo, etc., le invitamos a visitar nuestra web, empleorecursos.es 

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