Publicado el 14 de Febrero de 2011, Lunes Lourdes Paredes Cuellas
Azuaga - Actualidad - El equipo rural de la Policía Nacional que se dedica a la generación y renovación de documentos nacionales de identidad no pasa por nuestra localidad desde hace ya dos años, a pesar de la insistencia con que se ha solicitado su presencia tanto desde la Jefatura de la Policía Local como desde la alcaldía de Azuaga, para que se gestionen las 1.000 solicitudes que ya se acumulan en la localidad.
Precisamente, en los últimos días se ha reiterado la petición de desplazamiento de un equipo desde la alcaldía de Azuaga que, a fecha de publicación de este periódico, no ha sido respondida.
La Policía Nacional se ha limitado a recomendar a los ciudadanos que pidan cita previa en las comisarías más cercanas para gestionar las peticiones o renovaciones del documento nacional de identidad.
De acuerdo con la legislación vigente, la Dirección General de la Policía es la responsable de la expedición del DNI electrónico. La Dirección General de la Policía cuenta con 350 Oficinas de Expedición distribuidas a través de todo el territorio nacional.
Para solicitar la expedición del DNI es imprescindible la presencia física de la persona a quien se vaya a expedir, el abono de la tasa legalmente establecida y la presentación de los siguientes documentos: - Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente, expedida con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento.
- Una fotografía reciente en color con fondo blanco con la cabeza totalmente descubierta, sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona. -Primera inscripción. Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad. - Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes. - Cuando el solicitante sea menor de 14 años o incapacitado, se hará entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas. - Si es menor de edad pero mayor de 14 años, deberá recogerlo personalmente. En el momento de la solicitud, al interesado se le recogerán las impresiones de las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos.
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