Publicado el 16 de Abril de 2020, Jueves Lourdes Paredes Cuellas
Actualidad -
Se habilita un procedimiento administrativo ágil
para inyectar 50 millones de euros de liquidez a este colectivo
El Consejo de Gobierno de la Junta ha
aprobado hoy el decreto ley de medidas urgentes complementarias en el ámbito
económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus, que incluye entre sus iniciativas la puesta en marcha de una ayuda
de 300 euros para trabajadores por cuenta propia, autónomos o mutualistas.
Estas subvenciones, que cuentan con un
presupuesto de 50 millones de euros, tienen el objetivo cubrir los gastos a los
que el colectivo sigue haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la
Seguridad Social, a pesar de la merma patente de sus ingresos,
Igualmente, la medida pretende complementar
las que ya se han adoptado a nivel nacional, y llegar a parte del colectivo que
no se está beneficiando de algunas de ellas, como la prestación extraordinaria
por cese de actividad.
Debido al carácter urgente de la medida,
el decreto ley establece que la tramitación, que sólo podrá realizarse de forma
telemática, se llevará a cabo con un procedimiento simplificado y ágil, de
forma que, en una primera fase, el autónomo únicamente tenga que presentar una
solicitud on-line, y pueda cobrar la ayuda en el más breve plazo posible, de
cara a que pueda hacer frente a los gastos más inmediatos.
Plazos
Con respecto a los plazos, los
potenciales beneficiarios podrán tramitar su solicitud desde el día siguiente a
la publicación en BOJA del decreto ley, y hasta quince días después de
declararse finalizado el estado de alarma o hasta que se haya agotado
presupuesto.
Para cumplimentar la solicitud, basta rellenar
el formulario telemático, que incluye una declaración de responsabilidad de
cumplimiento de los requisitos; el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento
en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su
mutualidad alternativa; no ser beneficiario de la prestación extraordinaria por
cese de actividad; número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la
ayuda y declaración del IRPF.
Beneficiarios
Para ser beneficiario de la ayuda, el
decreto ley establece como requisito ser trabajador por cuenta propia o
autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, y estar afiliado al Régimen
Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
o en la mutualidad correspondiente, en la fecha de la entrada en vigor del
estado de alarma.
Se excluyen de la ayuda a aquellos
autónomos que se han acogido a la prestación extraordinaria por cese de
actividad que aprobó el Gobierno en el Real Decreto Ley de 29 de marzo, a
aquellos trabajadores por cuenta propia o mutualistas cuya actividad está
considerada como servicio esencial, y aquellos autónomos que tengan en su
declaración de la renta una base liquidable general y del ahorro que supere 3
veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales).
No obstante, dentro de los servicios esenciales, sí
se ha incluido como potenciales beneficiarios a trabajadores por cuenta propia
que desarrollan distintas actividades. En concreto, se han fijado hasta 99
tipos de profesiones de muy diversa índole y sector, entre las que se
encuentran sanitarios (como odontólogos, fisioterapeutas, logopedas); artesanos
(fabricación de papel, productos de madera, vidrio, hierro, instrumentos
musicales); autónomos de centros o clínicas veterinarias; ópticas y productos
ortopédicos; prensa y papelería; tintorerías; fotografía; textil y confección;
componentes electrónicos; servicios de transporte de personas; abogados;
procuradores; intérpretes; psicólogos; profesionales del sector de la flor cortada;
actividades relacionadas con las telecomunicaciones; fabricantes de quesos o
servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y con discapacidad,
entre otros.
Diálogo social
La Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo, que ha analizado con las organizaciones de autónomos, la
elaboración del decreto ley, ha decidido incluir a los trabajadores autónomos
de estas actividades ante la importante merma de ingresos que están sufriendo
pese a que desarrollan servicios esenciales, e incluyen las propuestas que le
han realizado los agentes económicos y sociales
Por último, también se ha incluido como
beneficiarios a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que
hayan optado por encuadrarse en el Régimen Especial de la Seguridad Social de
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
En total, se prevé que más de 150.000
trabajadores por cuenta propia podrán acogerse a esta ayuda de 300 euros, que
se cobrará en un solo pago y es compatible con otras ayudas que reciban los
autónomos, salvo la prestación excepcional por cese.
Por último, el decreto ley indica que se
trata de ayudas de concurrencia no competitiva, y hasta agotar presupuesto.
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