Publicado el 05 de Abril de 2017, Miércoles Lourdes Paredes Cuellas
Política - Hace 1 año, UDPñ presenta una moción al pleno municipal para
la recuperación de los Fondos Miner de Peñarroya Pueblonuevo. Un acuerdo
plenario que no se ha llevado a efecto.
Hace 1 año,
UDPñ presenta una moción al pleno municipal para la recuperación de los Fondos
Miner de Peñarroya Pueblonuevo. Un acuerdo plenario que no se ha llevado a
efecto. Hoy, coincidiendo con la visita de la presidenta andaluza a nuestra
localidad, debemos exigir todos que la Junta de Andalucía pida al Gobierno
central los fondos retirados a nuestra localidad y se comprometa con aportar el
porcentaje asignado de los mismos.
Adjuntamos
para su lectura la moción presentada al pleno.
Los
concejales/as del partido UNIÓN DEMÓCRATA PEÑARRIBLENSE en
el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo desean someter a la consideración del
Pleno como grupo Municipal del Excelentísimo Ayuntamiento la siguiente
proposición: PRESENTAR DENUNCIA EN EL JUZGADO CENTRAL DE
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOCONTRA EL ACUERDO Y LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL
MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y TURISMO el 30 de Diciembre de 2011 disponiendo de los 14
Millones de Euros que el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo tenía concedidos
para el bienio 2011-2012. Y por EXCLUIR A LA CUENCA MINERA DE PEÑARROYA DEL
TERCER PLAN DEL CARBÓN, 2013-2018. Presentamos esta MOCIÓN por los siguientes
hechos: 1. Por el silencio administrativo del
Ministerio de Industria al Recurso Extraordinario de Revisión presentado por
UNIÓN DEMÓCRATA PEÑARRIBLENSE sobre la eliminación de fondos mineros del Plan
2006-2012 y que tuvo entrada en el Ministerio de Industria , Energía y Turismo
el día 17 de noviembre de 2015 con N/REF: E-2015-00388. 2. Para dar cumplimiento
al acuerdo de Pleno de 29 de Octubre de 2015, en el que por unanimidad de los
Concejales asistentes se acordó DEMANDAR al Ministerio de Industria, Energía Y
Turismo en el caso de desestimar o no dar respuesta en el plazo de tres meses
al Recurso de Revisión presentado. 3. Porque el Ayuntamiento
de Peñarroya-Pueblonuevo tiene capacidad legal, capacidad económica y la
obligación moral de asumir la responsabilidad de defender los interés del
Municipio teniendo en cuenta lo acontecido hasta la fecha. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS -Desde que en diciembre de 2011 el Partido
Popular decidió suprimir los fondos del SEGUNDO PLAN DEL CARBÓN, hemos venido
denunciando el daño que hacía a la Cuenca de Peñarroya en general y al
Municipio de Peñarroya-Pueblonuevo en particular la eliminación de estos
fondos. Durante cuatro años hemos pedido a la Junta de Andalucía para que
denunciase al Ministerio de Industria al igual que lo había hecho el Principado
de Asturias en 2012 en defensa de su Cuenca Miner, sin que hasta la fecha haya
realizado ninguna acción. -El Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo tiene
aprobados desde el año 2009-10 y pendientes solo de firma para llevarlos a
efecto, nueve convenios con un importe de 14.098.384 M de €. Convenios, que
habían cumplido con todos los requisitos exigidos en el articulado del Real
Decreto1112/2007, de 24 de agosto, por el que se establece el régimen de ayudas
al desarrollo de las infraestructuras en las Comarcas Mineras del Carbón, en el
marco de lo previsto en el Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón
2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas
Mineras. -Estos nueve convenios fueron aprobados por la
Mesa Comarcal y Regional de la Minería; estaban incluidos en los Protocolos de
Colaboración firmados por el Ministerio y la Comunidad el 30 de octubre de
2006, el 23 de diciembre de 2008 y el 9 de marzo de 2010 respectivamente y
habían sido solicitados reiteradamente al Miner, habiendo remitido al Instituto
Para la Restructuración de la Comarcas Mineras los anteproyectos y las
solicitudes de firmas de los convenios. -En Mayo de 2011, el Ayuntamiento dio su visto
bueno a los borradores de los convenios remitidos por el Ministerio de
Industria a la Dirección General de Minas de la Junta de Andalucía. Todos ellos
tenían dotación presupuestaria, concreta y vinculada en los PGE de 2011.
El Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros
de no disponibilidad presupuestaria en diciembre de 2011, deja sin efecto estos
convenios sin revisión de oficio ni declaración de lesividad, de forma
unilateral y en contra de los principios de buena fe, confianza legítima y
lealtad institucional entre administraciones. Los convenios tienen fuerza
vinculante y el incumplimiento de las obligaciones contraídas produce una
lesión antijurídica en el Ayuntamiento. Por todo lo anterior, entendemos que con el
acuerdo de no disponibilidad de créditos, el Ministerio ha incumplido Real
Decreto 1112/2007, de 24 de agosto. En el capítulo IV que regula el
Procedimiento se establece que: ¨Los convenios se firmarán en el plazo de seis
meses desde la selección de las actuaciones, de acuerdo con lo establecido en
la disposición adicional novena de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones¨, algo que evidentemente no se hizo.
El Ministerio ha incurrido en inactividad,
incumpliendo la Ley de la Jurisdición CA y la Ley General de Subvenciones. Las
ayudas reguladas en dicho Real Decreto, además de por lo previsto en el mismo,
se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación que
resulte de aplicación.
Existe abundante jurisprudencia sobre esta
materia , como ejemplos: La Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª, de 4
de marzo de 2.013, que resume la doctrina dictada en relación a los convenios
de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas, destacando su
carácter institucional. Y Otras del Alto Tribunal que sientan precedentes, en
cuanto a la fuerza vinculante de los convenios, y que son de interés
público competentes para la ejecución de las obras y actuaciones convenidas.
La Sentencia de La Audiencia Nacional de 16 de
febrero, en relación a los convenios: ¨se trata de negocios jurídicos que
celebran entre si las administraciones que los suscriben en posición de
igualdad”. Abundando en las anteriores, hay dos sentencias
firmes de La Audiencia Nacional en las que nos sentimos reflejados. La primera
de 28 de octubre de 2013, ratificada el 16 de abril de 2014 que da la razón al
Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Langreo frente al Ministerio de
Industria concluyendo que la administración del Estado ha incurrido en la
inactividad que preveé el art 29.1 LJCA, reconociéndoles el derecho a los
fondos que se les habían retirado. La segunda de 16 de septiembre de 2015 y
ratificada el 11 de enero de 2016, a favor del Ayuntamiento de Belmez, también
por un supuesto de inactividad de la administración, en la que se exige al
ministerio que proceda a la firma de un convenio que había sido aprobado y
cumplido todos los requisitos exigidos en el Real Decreto 1112/2007, de 24 de
agosto.
Los argumentos esgrimidos a favor del Principado
de Asturias, del Ayuntamiento de Langreo y del Ayuntamiento de Belmez, son
perfectamente extrapolables a la indefensión sufrida por el Ayuntamiento de
Peñarroya-Pueblonuevo por la evidente inactividad de la Administración.
Por todo lo anterior, solicitamos a este Pleno
aprobar los acuerdos siguientes:
Presentar denuncia en el Juzgado Central de lo
contencioso administritavo, órgano que conoce de los recursos interpuestos
frente a las resoluciones de Órdenes Ministeriales: - Contra el Acuerdo adoptado por el Consejo de
Ministros de no disponibilidad presupuestaria en diciembre de 2011, por el que
al Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo se le privó por inactividad de la
Administración, de la ejecución de nueve Convenios, con un importe de
14.098.000€, que estaban aprobados y pendientes de firma por el Ministerio.
- Reclamar que se incluya a la Cuenca de
Peñarroya en el Tercer Plan de La minería del Carbón 2013-2018, en el apartado:
7.3.1 Medidas de Reactivación en las Comarcas Mineras del Carbón destinado a
financiar nuevas instalaciones empresariales y a ampliar las existentes. Porque
dicho Acuerdo lesiona derechos legítimos colectivos e intereses económicos y
sociales.
- Acordar el disponer para esta denuncia de los
72.000 €, contemplados en el Presupuesto actual del ayuntamiento en la partida
presupuestaria 902 22706 de ¨Administración General, estudios y trabajos
técnicos¨ y/o a que se realicen modificaciones presupuestarias si fuesen
necesarias.
Dar traslado de estos acuerdos a los sindicatos
firmantes del plan, a los ayuntamientos mineros de la cuenca, y a ASCOM,
Asociación de Comarcas Mineras. Ante la URGENCIA E IMPORTANCIA,
del tema que nos ocupa, proponemos al pleno la adopción de los siguientes
ACUERDOS: ACUERDOS: 4. Dar traslado de estos
acuerdos a la Delegación del Gobierno y a la Delegación de Innovación de la
Junta de Andalucía, advirtiéndoles de que los municipios de Belmez, Fuente
Ovejuna y Villanueva del Rey también están en la misma situación. 5. Dar traslado de estos
acuerdos al Gobierno de España, a la Excelentísima Diputación, a los sindicatos
firmantes del Plan y a los Ayuntamientos de la comarca del Guadiato.
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