Publicado el 22 de Octubre de 2016, Sábado Lourdes Paredes Cuellas
Actualidad - Estas subvenciones, actualmente en tramitación de
solicitudes, financiarán
obras de conservación y mejora de la accesibilidad y de la eficiencia energética
La
Consejería de Fomento y Vivienda destina a la provincia de Córdoba un presupuesto
de 2,66 millones de euros en concepto de subvenciones a la rehabilitación de edificios
residenciales. Este programa de ayudas, que se ha convocado mediante la modalidad
de concurrencia competitiva, contempla para toda la comunidad un montante de
16,07 millones y está dirigido a comunidades de propietarios para financiar
tanto obras de conservación como de mejora de la accesibilidad y de las condiciones
de eficiencia energética de dichos inmuebles.
Con
el reparto provincial de esta dotación económica, la Consejería de Fomento y
Vivienda cumple con un requisito fijado
por esta orden de ayudas y avanza en su tramitación, que culminará con la
resolución definitiva de las solicitudes presentadas por las comunidades de
vecinos, que ascienden a 218 en Córdoba y a 1.388 en toda Andalucía. Esta
distribución de fondos se ha realizado teniendo en cuenta la demanda recibida, siguiendo
la normativa que regula este tipo de procedimientos, que exige aplicar un
criterio objetivo y equilibrado.
El plazo para pedir las subvenciones finalizó el pasado 19 de
septiembre y actualmente, la Consejería está evaluando las peticiones recibidas.
La delegada territorial de Fomento y Vivienda, Josefina Vioque, ha
explicado que estas ayudas permitirán a
las familias con escasos recursos acometer la mejora y rehabilitación de sus
edificios y hacer más dignas sus condiciones de vida con el respaldo económico
de la Administración”, añadiendo que “sin este apoyo no podrían acometer obras
de reforma en sus edificios para hacerlos más accesibles y sostenibles”. “El
nuevo Plan de Vivienda y Rehabilitación incide en esta política social, que se
sustenta no sólo en estas actuaciones de rehabilitación sino también en medidas
de fomento del alquiler”, ha asegurado.
Estos incentivos beneficiarán a más de 7.000 familias de toda
Andalucía y establecen como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas
en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen
el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el
IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35% del coste
subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que
incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida
correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50% del coste.
Como actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y
sostenibilidad en los edificios se incluyen las obras para la mejora de la
envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción,
refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los
ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la
utilización de energías renovables (energía solar, biomasa o geotermia), la mejora
de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e
iluminación, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento
de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior
de los domicilios y en los espacios comunes de las edificaciones.
En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad,
se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o
artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con
discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas,
piscinas y otros similares, la colocación de avisos mediante señales luminosas
o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.
Los edificios objeto de las actuaciones, que deberán contar con el
Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente,
con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no podrán estar calificados urbanísticamente
como fuera de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de
ordenación, su construcción debe haberse finalizado antes de 1981 y tendrán
presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen
la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las
actuaciones. Además, al menos un 70 % de sus viviendas han de estar ocupadas y
constituir el domicilio habitual de sus residentes.
Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios
contará con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de la
ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno al inicio tras la presentación de
la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado
final de obra. El periodo máximo para
ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque dicho plazo podrá
ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten
a 40 o más viviendas.
|
Actualidad : Últimas noticias LA NATURALEZA HA HECHO SU TRABAJO AHORA NOS TOCA EL MANTENIMIENTO Verdes EQUO apoya las manifestaciones convocadas por las Mareas Blancas andaluzas para el 7 de abril SÁBADO DE GLORIA DONDE PUDO PROCESIONAR JESÚS RESUCITADO Y A LA VIRGEN DE LA ALEGRÍA, PARA PONERLE EL PUNTO FINAL A ESTA SEMANA SANTA EN PEÑARROYA-PUEBLONUEVO |