Publicado el 16 de Junio de 2020, Martes Lourdes Paredes Cuellas
Actualidad -
Esta medida extraordinaria
implica una inversión de casi 13,2 millones de euros para el desarrollo de
proyectos en los municipios cordobeses
El Consejo de
Gobierno ha aprobado hoy un decreto ley de carácter extraordinario que incluye,
entre otras medidas, la puesta en marcha de la Iniciativa para la Activación,
Impulso y Recuperación del Empleo (AIRE), un actuación destinada a reactivar el
empleo y a beneficiar a la población desempleada andaluza con el objetivo de
paliar los efectos ocasionados por la crisis sanitaria.
La iniciativa
tiene por objeto promover la creación de empleo en los municipios andaluces, fomentando
la inserción laboral de personas desempleadas por parte de los ayuntamientos a
través de proyectos que permitan mejorar su empleabilidad con la adquisición de
experiencia laboral vinculada a una ocupación. Los proyectos que desarrollen
los ayuntamientos tendrán una duración máxima de doce meses y estarán dirigidos
a paliar los efectos de la crisis sanitaria por COVID 19 en su municipio,
facilitando el proceso de desescalada gradual de las medidas restrictivas de la
movilidad y de la actividad económica
La medida,
que implica una inversión de 165 millones de euros, casi 13,2 millones para la
provincia de Córdoba, cuenta con financiación de Fondo Social Europeo y del
Programa Operativo de Empleo Joven, y permitirá la contratación en estos
proyectos municipales de alrededor de 19.000 parados andaluces, durante un
período mínimo de seis meses y máximo de 8, a jornada completa, para lo que se
destinarán incentivos que van, por cada contrato de 6 meses mínimo de duración,
desde una horquilla de los 11.700 euros (para la contratación de trabajadores
pertenecientes al grupo 1 de cotización a la Seguridad Social) a los 8.880
euros (grupo 4 al 10 de cotización). Por cada mes que se amplíe el
contrato sobre los seis meses iniciales, se incrementa el incentivo en una
horquilla que va desde los 1.950 euros al mes (grupo 1 de cotización) hasta los
1.480 (para los grupos 4 al 10 de cotización.
Pago anticipado
Los
ayuntamientos recibirán la subvención en un pago único anticipado del 100% de
la cuantía aprobada y se les exceptúa del requisito de hallarse al corriente en
las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y del pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones, de cara a garantizar la
participación local de todos los ayuntamientos y beneficiar al mayor número de
personas desempleadas posibles. Con esto, se trata de no impedir la
participación de algunos ayuntamientos del territorio, lo que ocasionaría un
grave perjuicio y discriminación a personas con idéntica situación por razones
de vecindad administrativa.
Las entidades
locales deben presentar las solicitudes de las subvenciones cumplimentadas en
el modelo que estará disponible en la web del SAE, accesible a través del
catálogo de procedimientos administrativos, en https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae/servicios.html o bien directamente en la Ventanilla
Electrónica Servicio Andaluz de Empleo a través de la siguiente dirección
electrónica: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/ El plazo de presentación
de solicitudes es de 15 días desde el día siguiente a su publicación en el
BOJA, y se establece un plazo de resolución de dos meses desde la recepción de
la solicitud con el objetivo de que en septiembre se inicien los primeros
proyectos.
Tutorización
Las personas
contratadas recibirán la tutorización de las entidades beneficiarias y contarán
con acciones de orientación a través del asesoramiento especializado por parte
de profesionales del Servicio Andaluz de Empleo.
Serán
destinatarios de los contratos por parte de los ayuntamientos las personas
inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que reúnan alguno de los
siguientes requisitos: tener una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos
inclusive, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil; tener entre 30 y 44 años, ambos inclusive; o tener 45 o más años y ser
desempleadas de larga duración. La partida global prevista para la puesta en
marcha de estas actuaciones se reparte de la siguiente manera: 63,2 M de euros
para la contratación de desempleados de entre 18 y 29 años, 59,6 M para
contratos a parados de 30 y 44 años, y 42,15 M para mayores de 45 años parados
de larga duración.
En la
asignación y reparto de los fondos se ha valorado la existencia de las zonas de
Inversión Territorial Integrada (ITI), procediéndose a un reparto adicional
para las provincias afectadas dentro del montante totas asignado a cada una de
ellas, alcanzando en el caso de Cádiz un presupuesto de 34,19 millones, y en el
caso de Jaén 16,69 millones.
Selección de los desempleados
La selección
de los desempleados se realizará mediante oferta en el SAE, organismo que
proporcionará a los ayuntamientos dos personas candidatas por cada puesto de
acuerdo a unos criterios de prelación.
En primer
lugar, tendrán prioridad los desempleados residentes en el municipio que estén
especialmente afectadas por la crisis sanitaria. Para determinar en el decreto
esta preferencia, se ha establecido que se dé prioridad a aquellos desocupados
que, sin haber sido contratados desde el 1 de marzo, sí tuvieron un contrato
con carácter temporal en el periodo establecido desde el 1 de marzo al 30 de
junio de 2018, o desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2019, en las actividades de servicios de
alojamiento (CNAE 55); servicios de comidas y bebidas (CNAE 56); actividades de
agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades
relacionadas con los mismos (CNAE 79); y
actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento (CNAE 93)
También se
han establecido como prioritarias aquellas contrataciones de personas que no
sean beneficiarias de ninguna prestación ni subsidio, seguida de beneficiarios
del ingreso por Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, perceptores de
subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción (RAI), de Renta Agraria y,
finalmente, personas beneficiarias de prestación contributiva por desempleo. A
continuación, desempleados residentes en el municipio de referencia, aplicando
los mismos criterios de prelación anteriores.
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