Publicado el 28 de Marzo de 2020, Sábado Lourdes Paredes Cuellas
Actualidad -
Los sindicatos CCOO y UGT y la patronal de la
construcción, Construcor, han acordado establecer la jornada continuada en el
sector en la provincia de Córdoba en tanto se mantenga la declaración del
estado de alarma. Esta medida se acuerda con la finalidad de
reducir el riesgo que supone la mera presencia de las personas trabajadoras en
los centros de trabajo.
De esta forma, la jornada laboral será de 7 horas
diarias efectivas de trabajo de lunes a viernes, sin que el periodo de descanso
tenga la consideración de trabajo efectivo. Las
horas dejadas de trabajar al reducirse la duración diaria de la jornada
efectiva de trabajo se recuperarán una vez pierda vigencia la declaración del
estado de alarma y en la forma que las empresas y las personas trabajadoras
acuerden sin que las horas ordinarias efectivas de trabajo puedan exceder de 9
horas diarias.
CCOO valora de forma positiva el acuerdo, que permitirá al
sector adaptarse a las excepcionales circunstancias actuales, si bien insiste
en que se debería ordenar el cese preventivo de todas las obras que no sean
esenciales para la población.
El acuerdo se alcanzó ayer después de analizar las
dificultades que tanto las empresas como las personas trabajadoras están
encontrando para mantener la actividad y la prestación laboral en una situación
de emergencia sanitaria, en especial, las que inciden en el desplazamiento de
las personas trabajadoras a los centros de trabajo, el transporte y abastecimiento
de suministros necesarios para el desarrollo de las obras y servicios, la
coordinación imprescindible para la ejecución de las distintas tareas o las
dificultades que empiezan a constatarse para disponer de algunas de las medidas
preventivas recomendadas por las autoridades sanitarias
Las partes quieren poner en valor el esfuerzo ejemplar que
las empresas y las personas trabajadoras están realizando para cumplir con sus
obligaciones en un entorno excepcional, nunca antes conocido, y de la máxima
exigencia, para prevenir los riesgos de contagio y que ha puesto de manifiesto
la madurez y profesionalidad de todos los operadores intervinientes.
No obstante, sindicatos y patronal quieren hacer una llamada
de atención en el sentido de recomendar a las empresas y personas trabajadoras
la necesidad de evaluar de manera permanente las condiciones en que se
desarrolla la actividad y tomar las decisiones de carácter organizativo que
fueran precisas para asegurar en todo momento la protección de las personas
presentes en los centros de trabajo, incluso, llegado el caso, la interrupción
total o parcial de los trabajos.
Por otra parte, ambas partes se comprometen a realizar toda
clase de gestiones a su alcance para que por el Gobierno de España se
clarifique el alcance de las medidas aprobadas por el Real Decreto en materia
de suspensión temporal de contratos y reducción temporal de la jornada para
evitar que una situación coyuntural como la actual tenga un impacto negativo de
carácter estructural sobre el empleo del sector, permitiendo la flexibilización
y agilización de los procedimientos de regulación de empleo y la mejora de la
cobertura tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y
autónomos y, en concreto, su acogimiento a las medidas extraordinarias en
materia de cotización previstas en su artículo 24 en relación con los
procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza
mayor relacionados con el COVID-19.
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