Publicado el 23 de Abril de 2016, Sábado Lourdes Paredes Cuellas
Peñarroya-Pueblonuevo - Actualidad - Esta
moción aprobada por los grupos políticos municipales acuerda, además, solicitar la inclusión del Guadiato en el
tercer plan de la minería para la ayuda a proyectos empresariales.
Los
concejales/as del partido UNIÓN
DEMÓCRATA PEÑARRIBLENSE en el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo desean
someter a la consideración del Pleno como grupo Municipal del Excelentísimo
Ayuntamiento la siguiente proposición:
PRESENTAR DENUNCIA EN EL JUZGADO CENTRAL DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO Y LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA
ENERGIA Y TURISMO el 30 de Diciembre de 2011 disponiendo de los 14 Millones de Euros que el
Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo tenía concedidos para el bienio
2011-2012. Y por EXCLUIR A LA CUENCA MINERA DE PEÑARROYA DEL TERCER PLAN DEL
CARBÓN, 2013-2018.
Presentamos esta MOCIÓN por los siguientes hechos:
Por el silencio administrativo del Ministerio de Industria al Recurso
Extraordinario de Revisión presentado
por UNIÓN DEMÓCRATA PEÑARRIBLENSE sobre la eliminación de fondos mineros del
Plan 2006-2012 y que tuvo entrada en el Ministerio de Industria , Energía y
Turismo el día 17 de noviembre de 2015 con N/REF: E-2015-00388.
Para dar cumplimiento al acuerdo de Pleno de 29 de Octubre de 2015,
en el que por unanimidad de los
Concejales asistentes se acordó DEMANDAR al Ministerio de Industria, Energía Y
Turismo en el caso de desestimar o no dar respuesta en el plazo de tres meses
al Recurso de Revisión presentado.
Porque el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo tiene capacidad legal,
capacidad económica y la obligación moral de
asumir la responsabilidad de defender los interés del Municipio teniendo
en cuenta lo acontecido hasta la fecha.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde que en diciembre de 2011 el
Partido Popular decidió suprimir los fondos del SEGUNDO PLAN DEL CARBÓN, hemos venido denunciando el daño que hacía a
la Cuenca de Peñarroya en general y al
Municipio de Peñarroya-Pueblonuevo en particular la eliminación de estos
fondos. Durante cuatro años hemos pedido a la Junta de Andalucía para que denunciase al Ministerio
de Industria al igual que lo había hecho el Principado de Asturias en 2012
en defensa de su Cuenca Miner, sin que
hasta la fecha haya realizado ninguna acción
El Ayuntamiento
de Peñarroya-Pueblonuevo tiene aprobados desde el año 2009-10 y pendientes solo de firma para llevarlos a
efecto, nueve convenios con un importe de 14.098.384
M de €. Convenios, que habían cumplido con todos los requisitos exigidos en el
articulado del Real Decreto 1112/2007, de 24 de
agosto, por el que se establece el
régimen de ayudas al desarrollo de las infraestructuras en las Comarcas Mineras
del Carbón, en el marco de lo previsto en el Plan Nacional de Reserva
Estratégica de Carbón 2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y
Sostenible de las Comarcas Mineras.
Estos nueve convenios
fueron aprobados por la Mesa Comarcal y Regional de la Minería; estaban
incluidos en los Protocolos de
Colaboración firmados por el Ministerio y la Comunidad el 30 de octubre de
2006, el 23 de diciembre de 2008 y el 9 de marzo de 2010 respectivamente y habían
sido solicitados reiteradamente al Miner, habiendo remitido al Instituto Para
la Restructuración de la Comarcas Mineras los anteproyectos y las solicitudes
de firmas de los convenios
En
Mayo de 2011, el Ayuntamiento dio su visto bueno a los borradores de los
convenios remitidos por el Ministerio de Industria a la Dirección General de Minas de la Junta de
Andalucía. Todos ellos tenían dotación presupuestaria, concreta y vinculada en
los PGE de 2011.
El Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros de no
disponibilidad presupuestaria en diciembre de 2011, deja sin efecto estos convenios sin revision de oficio ni declaración de
lesividad, de forma unilateral y en contra de los principios de buena fe, confianza
legítima y lealtad institucional entre administraciones. Los convenios tienen fuerza vinculante y el incumplimiento de las obligaciones contraídas produce
una lesión antijurídica en el Ayuntamiento.
Por todo lo
anterior, entendemos que con el acuerdo
de no disponibilidad de créditos, el
Ministerio ha incumplido Real Decreto 1112/2007,
de 24 de agosto. En el capítulo IV que
regula el Procedimiento se establece que: ¨Los convenios se firmarán en el plazo de seis meses desde la selección
de las actuaciones, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional
novena de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones¨, algo
que evidentemente no se hizo.
El Ministerio ha
incurrido en inactividad, incumpliendo la Ley de la Jurisdición CA y la Ley
General de Subvenciones. Las ayudas reguladas
en dicho Real Decreto, además de por lo previsto en el mismo, se regirán por lo
establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación que resulte de
aplicación.
Existe abundante jurisprudencia sobre
esta materia , como ejemplos:
La Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª, de 4 de marzo de 2.013,
que resume la doctrina dictada en relación a los convenios de colaboración
entre el Estado y las Comunidades Autónomas, destacando su carácter institucional. Y
Otras del Alto Tribunal que sientan precedentes, en cuanto a la fuerza vinculante de los convenios, y
que son de interés público competentes para la ejecución de las
obras y actuaciones convenidas.
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