Publicado el 26 de Mayo de 2016, Jueves Lourdes Paredes Cuellas
Peñarroya-Pueblonuevo - Deportes - Los procesos electorales para la optar a la Presidencia de la Sociedad
Deportiva Peñarroya-Pueblonuevo C.F. se regirán por la siguientes Normas
durante la Temporada 2015/2016 y que deberán ser reformadas, si procede,
por la Junta Directiva o Gestora que corresponda. Éstas son:
1. Tendrá potestad para la Convocatoria de Elecciones la Junta Directiva en
vigor del Club o en su defecto, la Junta Gestora si la hubiere.
2. La Convocatoria de Elecciones se hará en Junta General Ordinaria o
Extraordinaria.
3. No podrán convocar Elecciones a la Presidencia del PeñarroyaPueblonuevo
C.F. ninguna Junta Directiva ni Junta Gestora que no haya
dimitido con anterioridad en Junta General Ordinaria o Extraordinaria, en
la que se recoja este asunto en el Orden del Día.
4. Convocadas las Elecciones a la Presidencia del Club, la Junta Directiva o
Gestora dimitida actuará en Funciones hasta la celebración del Evento
Convocado, trabajando en colaboración con la Junta Electoral.
5. Los Procesos Electorales darán comienzo cuando así lo dictamine la Junta
Directiva en vigor y tendrá un período de vigencia de al menos catorce
días desde su convocatoria, finalizando las 24 horas del día anterior a la
celebración de las Elecciones.
6. En el supuesto de que no se presentara Candidatura alguna a las
Elecciones convocadas, el día de celebración de la mismas se creará una
Junta Gestora o continuará la existente si la hubiera, para regir la
gestión de la Entidad durante al menos una Temporada. Este hecho será
reflejado en el Acta que se ha de levantar.
7. Convocadas las Elecciones, estas serán comunicadas convenientemente
a los Órganos Directivos de la R.F.A. de Fútbol y a cuantas Entidades
Oficiales sean pertinentes (Ayuntamiento, Diputación, Etc.).
8. La Convocatoria deberá ser enviada para su publicación a los todos los
Medios de Comunicación locales, al menos, para su difusión.
9. Cualquier Socio de la Entidad tendrá libre acceso a estas Normas, sin
restricción alguna.
10. Para determinar el correcto desarrollo del Período Electoral, el
mismo día de la convocatoria de Elecciones se creará una Junta Electoral,
entre los presentes, la cual estará formada por:
10.1 El Socio más antiguo del Club.
10.2 El Socio de menor antigüedad, siempre que sea mayor de edad.
10.3 El Secretario del Club.
1947/1948 - Peñarroya-Pueblonuevo C.F. - 2015/2016
PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA:
Todo Socio que aspire a ser Candidato a la Presidencia del PeñarroyaPueblonuevo
C.F. deberá:
1. Ser mayor de edad.
2. Estar al corriente de pago.
3. Tener una antigüedad de al menos un año.
4. Retirar la documentación para la presentación de Candidaturas en las
oficinas del Club, durante el Período Electoral y en horario de oficina.
5. Presentar sólo el socio presidenciable.
6. Presentar el aval de diez miembros de la Masa Social al corriente de
pago.
VOTACIONES:
1. Ser Socio Mayor de edad.
2. Estar al corriente de pago.
3. Presentar uno de estos documentos para cotejar con el listado del Club:
4.1 Carné de Socio identificativo´.
4.2 N.I.F..
4.3 Carné de Conducir.
LA JUNTA ELECTORAL
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