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La reducción de la jornada laboral beneficiará a 206.000 personas, el 50,3% de la población ocupada en Extremadura

  • La bajada de 40 a 37,5 horas semanales afectará de manera especialmente positiva a quienes tengan contratos no amparados en convenios colectivos
  • El Proyecto de Ley ha sido trasladado al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria

Un total de 206.000 extremeños resultarán beneficiados por la reducción de la jornada laboral, de 40 a 37,5 horas semanales, aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Esto representa una mejoría en las condiciones de trabajo del 50,3% del total de la población ocupada en Extremadura, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) referentes al primer trimestre de 2025. En el conjunto nacional, la medida beneficiará a 12.550.000 personas.

La norma inicia, de esta manera, su tramitación parlamentaria para que la jornada máxima legal sea de 37,5 horas semanales en cómputo anual tras más de cuatro décadas de vigencia de la establecida actualmente, de 40 horas semanales. Esta reducción permitirá que espacios ahora de trabajo reviertan en la vida tras una indudable evolución tecnológica y económica en nuestro país.

Esta propuesta, de la que los más beneficiados serán los trabajadores no cubiertos por convenios colectivos, también se justifica por la oportunidad de adaptar la normativa laboral a las nuevas realidades y formas de organización que han demostrado la viabilidad y beneficios asociados a las jornadas laborales más reducidas.

La medida también es fundamental en términos de seguridad y salud en el trabajo, ya que contribuirá a reducir la carga física y mental que, a su vez, redunda en una disminución del estrés laboral y la fatiga, aumentar la productividad y reducir el riesgo de sufrir accidentes de trabajo. Las jornadas laborales prolongadas provocaron, en el mundo, 745.000 defunciones por accidente cerebrovascular y cardiopatía isquémica en el año 2016, una cifra un 29% superior a la del año 2000.

La nueva norma pivota sobre un registro de jornada fiable e interoperable, instrumento esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa de tiempo de trabajo y, en consecuencia, el derecho al descanso efectivo y a erradicar las horas extraordinarias no ajustadas a derecho.

Por otra parte, se garantiza de manera más efectiva el derecho a la desconexión, para evitar que pueda exigirse el desarrollo de la prestación fuera de los horarios pactados, respetando el derecho al descanso y a la propia intimidad de las personas trabajadoras.

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